Balneario La Sultana

Preciosa panorámica de la playa de San Lorenzo hacia 1895, a la izquierda en primer plano, el balneario La Sultana; a continuación La Favorita, Las Carolinas y al fondo tras la iglesia de San Pedro el balneario La Cantábrica. Imagen publicada en la obra : Asturias : su historia y monumentos- bellezas y recuerdos costumbres y tradiciones- el bable, asturianos ilustres, agricultura e industria- estadística. Octavio Bellmunt y Fermín Canella. Tomo I.

Balneario La Sultana, destacando la chimenea. Fotografía de Pedro García Mercado. Muséu del Pueblu d’Asturies.

El balneario «La Sultana»

En este caso surgirían, como ya había ocurrido con el balneario “Baños de Ola”, notables conflictos entre los intereses municipales y del promotor, habida cuenta del interés de la Corporación municipal en prolongar la obra del muro de San Lorenzo desde el lugar ocupado por el balneario, “La Garita”, donde a la sazón terminaba el muro existente, hasta el río Piles. Volviendo a primar los intereses del industrial, velados por el gobierno central, frente al interés municipal; de tal forma que el conflicto duraría diecisiete años, desde 1890, momento en el que el Ayuntamiento incoa expediente de anulación de la concesión, hasta 1907, año en que el balneario sería efectivamente derribado 116.

Así, desde un principio la construcción del balneario estaría condicionada, por parte del Ayuntamiento, a la realización del muro de San Lorenzo 117. Pues ya 1887,en los trámites para la otorgación de la concesión, éste señalaba dicha condición; en ese mismo año, cuando el concesionario requiere autorización municipal para variar la fachada del balneario “a fin de ocultar de la vista del público la caldera de vapor, depósitos de agua y otros aparatos destinados al servicio del balneario”, el Ayuntamiento accedería, pero advirtiendo al interesado de “la provisionalidad, en vistas a las obras a realizar en el muro de San Lorenzo”.

Este balneario consistía en un edificio sobre pilotes de madera embreada, de un solo piso y unas dimensiones en planta de 70 x 10 m., estando rodeado todo él, excepto su fachada al muro, por una galería. En cuanto a los servicios que prestaba, según la propaganda del momento “ofrecía al bañista todo género de comodidades tanto por las magníficas pilas de mármol y hierro con baño de porcelana, destinados a baños calientes y medicinales, cuanto por la multitud de casetas móviles con que contaba para las horas de bajamar” 118.

Pero de hecho su localización no parecía ser la más favorable para el negocio balneario, como el continuo trasiego de propietarios parece indicar. De esta forma, a partir de 1894, año en que por R.O. de 18 de agosto, el Ayuntamiento de Gijón obtiene concesión para la construcción del muro de San Lorenzo, los propietarios del balneario, vista la precariedad del negocio, elaborarían una serie de estrategias para salvaguardar sus intereses.

En un primer momento planteando la posibilidad de cambiar el emplazamiento del balneario, previa indemnización de 20.000 ptas.119, lo cual no sería aceptado por el Ayuntamiento; más tarde, en 1904, presentaría varias peticiones de indemnización por los daños causados en su concesión por las obras del Muro 120, intocable hasta el momento gracias a reiteradas órdenes del Ministerio de Fomento. Sin embargo, en 1907 y previo pago de 25.000 pesetas a los concesionarios, el balneario sería finalmente derribado; de suerte que el Ayuntamiento tendría que abonar la indemnización antes citada a un particular, por unos terrenos de dominio público; a pesar de que en la cláusula 4ª de la R.O. de concesión se señalaba que «si fuera necesario el terreno por interés público, el concesionario debe dejar el terreno cuya concesión se otorga sin otro derecho que los materiales»121, pero a lo que parece el Ministerio de Fomento no pareció observar tal interés público en la construcción del muro de San Lorenzo 122.

Al año siguiente de cobrada la indemnización los herederos del concesionario tratarían de emplazar otro balneario en una situación más oriental a la de la primitiva concesión, aprovechando las ventajas que la prolongación del muro de San Lorenzo ofrecería en cuanto a accesibilidad; lo cual, a pesar de la oposición municipal y vecinal, conseguirían por R.O. el 21 de marzo de 1911 123. Sin embargo el proyecto no llegaría a ser ejecutado.

116 A.M.G., exp. 415/1906. 

117 A.M.G., exp. 143/1887.

118 GARCÍA BOSQUET, José: Op. cit., pág. 85. 

119 A.M.G., exp. 143/1887.

120 A.M.G., exp. 75/1904.

121 A.M.G., exp. 143/1887.

122 A.M.G., exp. 415/1906.

123 A.M.G., exp. 13/1908.

El texto pertenece a el libro:

Los balnearios marítimos en Asturias (1848 – 1935).  Maximino Roza Candás

Y después de 20 años de prestar servicio en la playa de San Lorenzo no exentos de conflictos entre el Ayuntamiento y el promotor del balneario, se procedió su derribo a finales de mayo de 1907.

«Vista nocturna de la playa de San Lorenzo», c. 1897-1899, de Nemesio Lavilla. A la izquierda el balneario La Sultana.

Museo Casa Natal de Jovellanos-Museo Nicanor Piñole

 

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